Fondosinversion.org.es presenta en un sólo sitio web los mejores fondos de inversión de cada entidad financiera, bancos o cajas de ahorro.
Gracias a este innovador método dispondrá de información para consultar, comparar y analizar los fondos de inversion mas rentables por bancos y cajas.
Informacion con que la entidad financiera presenta sus fondos de inversion rentables:
Fondos de renta fija a medio y largo plazo. BBK
Fondo inversion BBK BONO, FI
CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL FONDO.
El fondo se denomina en euros.
Inversión mínima inicial:
600 euros.
Inversión mínima a mantener:
300 euros.
Volumen máximo de participación por partícipe:
No se fija.
Tipo de partícipes a los que se dirige el fondo:
Las participaciones del Fondo son ofrecidas a todo tipo de inversores, tanto personas físicas como jurídicas con un moderado nivel de riesgo que deseen invertir en un fondo de renta fija a largo plazo. El Fondo se dirige a partícipes con un perfil inversor conservador.
Duración mínima recomendada de la inversión:
12 meses.
Perfil de riesgo del fondo:
Bajo.
Prestaciones o servicios asociados al fondo:
1ª.- La Comercializadora ofrece la posibilidad de contratar cuotas periódicas de suscripción o de reembolso previa firma del contrato correspondiente.
2ª.- La Comercializadora podrá realizar ofertas promocionales asociadas a la suscripción y/o mantenimiento de las participaciones de la Institución, lo que será comunicado con carácter previo a la CNMV.
Registrado en la CNMV el 17 de julio de 2008 Página 1 de 4
Estas ofertas y promociones en ningún caso representarán gastos imputables al fondo, asumiendo la
Comercializadora todos los gastos que puedan derivarse de las mismas.
POLÍTICA DE INVERSIÓN DEL FONDO.
a) Vocación del fondo y objetivo de gestión: Renta Fija Largo Plazo
La política de inversiones del Fondo estará orientada a conseguir la mayor rentabilidad para los partícipes en el
horizonte del largo plazo, donde la duración de la cartera del fondo, en circunstancias normales de mercado, estará en torno a los 30 meses.
El Fondo invertirá su patrimonio en títulos de renta fija denominados en euros, y emitidos por emisores de reconocida solvencia de la OCDE, principalmente de la Zona Euro.
La cartera de títulos que componga el patrimonio del Fondo estará formada por títulos de elevada liquidez al cotizar en mercados organizados de países pertenecientes a la OCDE, principalmente Zona Euro, emitidos por sociedades
o instituciones, tanto públicas como privadas.
Los activos en los que invierta el fondo estarán denominados en monedas euro, con un máximo del 5% en monedas
no euro.
El fondo tendrá como referencia inicial el índice EFFAS de deuda pública española 1-3 años.
b) Criterios de selección y distribución de las inversiones:
BBK BONO FI es un fondo que invertirá todo su patrimonio en títulos de renta fija denominados en euros, y emitidos por emisores de reconocida solvencia de la OCDE, principalmente de la Zona Euro.
La cartera de títulos que componga el patrimonio del Fondo estará formada por títulos de elevada liquidez al cotizar
en mercados organizados de países pertenecientes a la OCDE, principalmente Zona Euro, emitidos por sociedades o instituciones, tanto públicas como privadas.
Las inversiones que se efectúen serán emitidas por emisores calificados con un rating mínimo Investment Grade
BBB- de las Agencias S&P y Fitch IBCA, o Baa3 de Moody's. La inversión en títulos de renta fija, cuyos emisores tengan un rating de: BBB+, BBB o BBB- (según las agencias S&P y Fitch IBCA) o su equivalente según la agencia Moody's, no superará el 25% de la cartera total del fondo.
El fondo tendrá como referencia inicial el índice EFFAS de deuda pública española 1-3 años.
El índice EFFAS de deuda pública española de 1-3 años describe la progresión de la rentabilidad total, vía precio y vía cupón del mercado de deuda pública española en euros. Se trata de un índice ponderado por capitalización de todas las emisiones de deuda pública denominada en euros, emitidas por el estado español, que cuenten con un vencimiento superior a 1 año e inferior a 3 años. El índice es elaborado por la European Federation of Financial
Analyst Societies (EFFAS) y lo publica Bloomberg.
La duración media de la cartera rondará los 30 meses.
Un porcentaje inferior al 5% del patrimonio podrá estar invertido en activos denominados en divisas distintas al
euro.
La composición de la cartera del Fondo dependerá en cada momento de las perspectivas de los mercados analizados.
El Fondo se reserva la posibilidad de invertir, siempre y cuando sea coherente con su vocación inversora, cumpliendo todos los requisitos recogidos en la normativa de aplicación, y respetando, en todo momento, los límites y coeficientes de diversificación de riesgo relacionados en el artículo 38 del RIIC, en los siguientes activos de
los previstos en el artículo 36 del RIIC:
- Depósitos en entidades de crédito que sean a la vista o puedan ser retirados, con un vencimiento no superior a 12 meses, conforme a los requisitos establecidos en el artículo 36.1 e) del RIIC.
- Acciones y participaciones de IICs armonizadas o no armonizadas de las previstas en los párrafos c) y d), indistintamente, del artículo 36.1 del RIIC. El Fondo podrá invertir hasta un 10% de su patrimonio en acciones y/o
participaciones de IICs, incluyendo las pertenecientes al mismo Grupo de la Sociedad Gestora.
- Instrumentos del mercado monetario no cotizados que cumplan con el artículo 36.1 h) del RIIC.
- Operaciones estructuradas que resulten de la combinación de los activos anteriormente mencionados.
Adicionalmente, el Fondo podrá invertir, hasta un máximo del 10 por ciento de su patrimonio en depósitos en entidades de crédito que no cumplan los requisitos previstos en el apartado e) del artículo 36.1 del RIIC, en concreto que su vencimiento sea superior a 12 meses, como se recoge en el punto 6 del apartado j) del mismo artículo.
Registrado en la CNMV el 17 de julio de 2008 Página 2 de 4
Las operaciones con instrumentos financieros derivados que se detalla más adelante se realizarán de manera directa conforme a la Memoria de Medios de la Sociedad Gestora y de manera indirecta a través de las IICs en las que invierta el Fondo.
El Fondo puede invertir más del 35% del activo en valores emitidos por un Estado miembro de la Unión Europea, las Comunidades Autónomas, una entidad local, los Organismos Internacionales de los que España sea miembro y aquellos otros Estados que presenten una calificación de solvencia, otorgada por una agencia especializada en calificación de riesgos de reconocido prestigio, no inferior a la del Reino de España. En concreto se prevé superar dicho porcentaje en cualquiera de las referidas emisiones, siempre y cuando las condiciones del mercado lo
aconsejen.
Este Fondo tiene previsto operar con instrumentos financieros derivados negociados en mercados organizados de derivados con la finalidad de cobertura y como inversión. Estos instrumentos comportan riesgos adicionales a los
de las inversiones de contado por el apalancamiento que conllevan, lo que les hace especialmente sensibles a las variaciones de precio del subyacente y puede multiplicar las pérdidas de valor de la cartera.
El Fondo no superará los límites generales a la utilización de instrumentos financieros derivados por riesgo de mercado y por riesgo de contraparte establecidos en la normativa vigente. Entre otros, los compromisos por el conjunto de operaciones en derivados no podrán superar, en ningún momento, el valor del patrimonio de la Institución, ni las primas pagadas por opciones compradas podrán superar el 10% de dicho patrimonio.
c) Riesgos inherentes a las inversiones:
Los emisores de los valores en los que invierte el fondo presentan una elevada calidad crediticia, por lo que en principio existe un bajo riesgo de contraparte.
La inversión en activos de renta fija conlleva un riesgo de tipo de interés. Este fondo invierte fundamentalmente en activos a largo plazo, cuya sensibilidad a las fluctuaciones de los tipos de interés es elevada.
GARANTÍA DE RENTABILIDAD.
No se ha otorgado una garantía de rentabilidad.
COMISIONES APLICADAS.
Comisiones Aplicadas Tramos/Plazos Porcentaje Base de Cálculo
Comisión anual de gestión 0,65 % Patrimonio
Comisión anual de depositario 0,1 % Patrimonio
Otros gastos que podrá soportar el Fondo son los siguientes: gastos de auditoría; tasas de CNMV; costes de liquidación e intermediación y gastos financieros por préstamos o por descubiertos.
Comisiones máximas por IICs del mismo Grupo: Por la parte de patrimonio invertido en IICs del Grupo, las
comisiones acumuladas aplicadas al fondo y a sus partícipes no superarán el 2,25% anual en el supuesto de la
comisión de gestión y el 0,20% anual en el supuesto de la comisión de depositario.
Se exime a este fondo del pago de comisiones de suscripción y reembolso por la inversión en acciones o participaciones de IIC del grupo.
Los límites máximos legales de las comisiones y descuentos son los siguientes:
Comisión de gestión:
2,25% anual si se calcula sobre el patrimonio del fondo
18% si se calcula sobre los resultados anuales del fondo
1,35% anual sobre patrimonio más el 9% sobre los resultados anuales si se calcula sobre ambas variables
Comisión de depositario: 0,20% anual del patrimonio del fondo
Comisiones y descuentos de suscripción y reembolso: 5% del precio de las participaciones.
Si se establecen o elevan las comisiones o los descuentos a favor del fondo, se hará público en la forma legalmente establecida, dando en su caso lugar al derecho de separación de los partícipes al que se refiere el artículo 12 de la
INFORMACIÓN AL PARTÍCIPE.
Valoración de suscripciones y reembolsos y publicidad del valor liquidativo.
La Sociedad Gestora publica diariamente el valor liquidativo del fondo en su página Web: www.bbkgestion.com. A efectos de las suscripciones y reembolsos que se soliciten en este Fondo, el valor liquidativo aplicable es el correspondiente al mismo día de la fecha de solicitud. Por tanto si se solicita una suscripción o reembolso el día D, el valor liquidativo que se aplicará será el correspondiente al día D.
En todo caso, el valor liquidativo aplicado será igual para las suscripciones y reembolsos solicitados al mismo tiempo. Los comercializadores podrán fijar horas de corte distintas y anteriores a la establecida con carácter general por la Sociedad Gestora, debiendo ser informado el partícipe al respecto por el comercializador.
Las órdenes cursadas por el partícipe a partir de las 16:00 horas o en día inhábil se tramitarán con las realizadas
Registrado en la CNMV el 17 de julio de 2008 Página 3 de 4
al día siguiente hábil. A estos efectos, se entiende por día hábil todos de lunes a viernes, excepto festivos en todo el territorio nacional. No se consideran días hábiles aquellos en los que no exista mercado para los activos que representen más del 5% del patrimonio.
Régimen de información periódica.
La Gestora o el Depositario debe remitir a cada partícipe, con una periodicidad no superior a un mes, un estado de su posición en el Fondo. Si en un periodo no existiera movimiento por suscripciones y reembolsos, podrá
posponerse el envío del estado de posición al periodo siguiente, si bien, será obligatoria la remisión del estado de posición del partícipe al final del ejercicio. Cuando el partícipe expresamente lo solicite, dicho documento podrá serle remitido por medios telemáticos.
La Gestora remitirá con carácter gratuito a los partícipes los sucesivos informes anuales y semestrales, salvo que
expresamente renuncien a ello, y además los informes trimestrales a aquellos partícipes que expresamente lo
soliciten. Cuando así lo solicite el partícipe, dichos informes se le remitirán por medios telemáticos.
FISCALIDAD.
Los rendimientos obtenidos por el Fondo tributan en el Impuesto sobre Sociedades al tipo fijo del 1%. Los
rendimientos obtenidos por partícipes personas físicas residentes como consecuencia del reembolso o transmisión
de participaciones tienen la consideración de ganancia o pérdida patrimonial y las ganancias patrimoniales están
sometidas a una retención del 18%. Las ganancias patrimoniales tributan en el impuesto sobre la renta de las
personas físicas al tipo del 18%. Todo ello sin perjuicio del régimen de diferimiento fiscal previsto en la normativa
legal vigente aplicable a los traspasos entre IIC.
Para el tratamiento de los rendimientos obtenidos por personas jurídicas, no residentes o con regímenes especiales,
se estará a lo que se establezca en la normativa legal vigente. En caso de duda, se recomienda solicitar
asesoramiento profesional.
Fondos BIZKAIRENT FONDTESORO LARGO PLAZO, FI
CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL FONDO.
El fondo se denomina en euros.
Inversión mínima inicial:
100 euros.
Inversión mínima a mantener:
100 euros.
Volumen máximo de participación por partícipe:
No se fija.
Tipo de partícipes a los que se dirige el fondo:
Las participaciones del Fondo son ofrecidas a todo tipo de inversores, tanto personas físicas como
jurídicas con un moderado nivel de riesgo que deseen invertir en un fondo de renta fija a largo plazo. El Fondo se
dirige a partícipes con un perfil inversor moderado.
Duración mínima recomendada de la inversión:
4-5 años.
Perfil de riesgo del fondo:
Medio-bajo.
Prestaciones o servicios asociados al fondo:
1ª.- La Comercializadora ofrece la posibilidad de contratar cuotas periódicas de suscripción o de
reembolso previa firma del contrato correspondiente.
2ª.- La Comercializadora podrá realizar ofertas promocionales asociadas a la suscripción y/o mantenimiento de las
participaciones de la Institución, lo que será comunicado con carácter previo a la CNMV.
Registrado en la CNMV el 18 de marzo de 2009 Página 1 de 4
Estas ofertas y promociones en ningún caso representarán gastos imputables al fondo, asumiendo la
Comercializadora todos los gastos que puedan derivarse de las mismas.
POLÍTICA DE INVERSIÓN DEL FONDO.
a) Vocación del fondo y objetivo de gestión: Renta Fija Largo Plazo
La política de inversiones de este Fondo, está encaminada a la inversión en valores emitidos por el Tesoro, en
cualquiera de sus modalidades. El 70% del patrimonio del Fondo estará invertido en Deuda del Estado en euros, en
cualquiera de sus modalidades. Serán computables como Deuda del Estado los bonos emitidos por los «FTPymes»
que cuenten con el aval del Estado, y los bonos emitidos por los “FTVPO” que cuenten con el aval del ICO, hasta el
límite del 20% del patrimonio del Fondo.
El 30% restante del patrimonio podrá estar invertido en otros valores de renta fija (excepto en valores emitidos por
emisores privados que no estén avalados por un Estado miembro de la Unión Europea, una comunidad autónoma,
una entidad local o un organismo internacional del que España sea miembro) distintos de la Deuda del Estado,
negociados en un mercado secundario organizado, con un rating mínimo de A+, así como en depósitos en entidades
de crédito que tengan reconocida esa calificación mínima y en instrumentos del mercado monetario que cumplan
ese requisito, todos ellos denominados en euros.
La duración media de la cartera rondará los 54 meses. El Fondo tendrá como referencia inicial el índice EFFAS de
deuda pública española 3-5 años.
b) Criterios de selección y distribución de las inversiones:
La Sociedad Gestora invertirá el patrimonio del Fondo de la siguiente forma:
Dentro del porcentaje máximo del 30% del patrimonio recogido en el apartado a), el Fondo podrá invertir en otros
valores de renta fija (excepto en valores emitidos por emisores privados que no estén avalados por un Estado
miembro de la Unión Europea, una comunidad autónoma, una entidad local, o un organismo internacional del que
España sea miembro) distintos de la Deuda del Estado, denominados en euros, negociados en un mercado
secundario organizado y que cuenten con una calificación crediticia otorgada por alguna de las agencias
reconocidas por la Comisión Nacional del Mercado de Valores equivalente o superior a A+, A1 o asimilados.
Asimismo, dentro del porcentaje máximo del 30% de su patrimonio, el Fondo se reserva la posibilidad de invertir,
siempre y cuando sea coherente con su vocación inversora, cumpliendo todos los requisitos recogidos en la
normativa de aplicación, y respetando, en todo momento, los límites y coeficientes de diversificación de riesgo
relacionados en el artículo 38 del RIIC, en los siguientes activos:
- Depósitos a la vista o que puedan hacerse líquidos, con vencimiento no superior a un año, que la entidad de
crédito tenga su sede en un Estado de la Unión Europea o, si dicha sede está en un Estado no miembro, se trate de
entidades de crédito que cumplan la normativa específica para este tipo de entidades de crédito en cuanto a
requisitos de solvencia.
- En instrumentos del mercado monetario no negociados en un mercado o sistema de negociación que tenga un
funcionamiento regular o características similares a los mercados oficiales españoles, siempre que sean líquidos y
tengan un valor que pueda determinarse con precisión en todo momento.
Adicionalmente, el Fondo podrá invertir, hasta un máximo del 10 por ciento de su patrimonio, en depósitos
denominados en euros de cualquier Entidad de crédito domiciliada en la Unión Europea, cuyo vencimiento sea
superior a 12 meses.
La calificación crediticia mínima, otorgada por alguna de las agencias reconocidas por la Comisión Nacional del
Mercado de Valores, de las entidades de crédito en las que el Fondo pueda constituir depósitos, cuyo vencimiento
sea o no superior a 12 meses, será equivalente o superior a A+, A1 o asimilados.
El Fondo definirá su política de inversión como de renta fija con duración objetivo de su cartera superior a doce
meses. La duración media de la cartera rondará los 54 meses.
El fondo tendrá como referencia inicial el índice EFFAS de deuda pública española 3-5 años.
El índice EFFAS de deuda pública española de 3-5 años describe la progresión de la rentabilidad total, vía precio y
vía cupón del mercado de deuda pública española en euros. Se trata de un índice ponderado por capitalización de
todas las emisiones de deuda pública denominadas en euros, emitidas por el estado español, que cuenten con un
vencimiento superior a 3 años e inferior a 5 años. El índice es elaborado por la European Federation of Financial
Analyst Societies (EFFAS) y lo publica Bloomberg.
El Fondo podrá utilizar instrumentos financieros derivados con la finalidad de asegurar una adecuada cobertura de
los riesgos asumidos en toda o parte de la cartera y como inversión para gestionar de un modo más eficaz la
cartera, conforme a los objetivos de gestión previstos en el folleto informativo y en el reglamento del fondo.
Los instrumentos derivados deberán tener como subyacente valores de renta fija, tipos de interés o índices de renta
fija, todos ellos en euros y de acuerdo con la normativa general reguladora de estas inversiones para las
Instituciones de Inversión Colectiva.
La composición de la cartera del Fondo dependerá en cada momento de las perspectivas de los mercados
analizados.
Registrado en la CNMV el 18 de marzo de 2009 Página 2 de 4
El Fondo puede invertir más del 35% del activo en valores emitidos por un Estado miembro de la Unión Europea,
las Comunidades Autónomas, una entidad local, los Organismos Internacionales de los que España sea miembro y
aquellos otros Estados que presenten una calificación de solvencia, otorgada por una agencia especializada en
calificación de riesgos de reconocido prestigio, no inferior a la del Reino de España. En concreto se prevé superar
dicho porcentaje en activos de deuda pública nacional.
Este Fondo tiene previsto operar con instrumentos financieros derivados negociados en mercados organizados de
derivados con la finalidad de cobertura y como inversión. Estos instrumentos comportan riesgos adicionales a los
de las inversiones de contado por el apalancamiento que conllevan, lo que les hace especialmente sensibles a las
variaciones de precio del subyacente y puede multiplicar las pérdidas de valor de la cartera.
Asimismo, el Fondo tiene previsto utilizar instrumentos financieros derivados no contratados en mercados
organizados de derivados con la finalidad de cobertura y como inversión, exclusivamente para las operaciones
autorizadas por la normativa vigente y de acuerdo con los medios de la sociedad gestora, lo que conlleva riesgos
adicionales, como el de que la contraparte incumpla, dada la inexistencia de una cámara de compensación que se
interponga entre las partes y asegure el buen fin de las operaciones.
c) Riesgos inherentes a las inversiones:
Los emisores de los valores en los que invierte el fondo presentan una elevada calidad crediticia, por lo que en
principio existe un bajo riesgo de contraparte.
La inversión en activos de renta fija conlleva un riesgo de tipo de interés. Este fondo invierte fundamentalmente en
activos a largo plazo, cuya sensibilidad a las fluctuaciones de los tipos de interés es elevada.
Este riesgo puede verse incrementado por la concentración de las inversiones en una determinada zona geográfica.
GARANTÍA DE RENTABILIDAD.
No se ha otorgado una garantía de rentabilidad.
COMISIONES APLICADAS.
Comisiones Aplicadas Tramos/Plazos Porcentaje Base de Cálculo
Comisión anual de gestión 1,16 % Patrimonio
Comisión anual de depositario 0,09 % Patrimonio
Otros gastos que podrá soportar el Fondo son los siguientes: gastos de auditoría; tasas de CNMV; costes de
liquidación e intermediación y gastos financieros por préstamos o por descubiertos.
Los límites máximos legales de las comisiones y descuentos son los siguientes:
Comisión de gestión:
2,25% anual si se calcula sobre el patrimonio del fondo
18% si se calcula sobre los resultados anuales del fondo
1,35% anual sobre patrimonio más el 9% sobre los resultados anuales si se calcula sobre ambas variables
Comisión de depositario: 0,20% anual del patrimonio del fondo
Comisiones y descuentos de suscripción y reembolso: 5% del precio de las participaciones.
Si se establecen o elevan las comisiones o los descuentos a favor del fondo, se hará público en la forma legalmente
establecida, dando en su caso lugar al derecho de separación de los partícipes al que se refiere el artículo 12 de la
LIIC así como a la correspondiente actualización del presente folleto explicativo.
INFORMACIÓN AL PARTÍCIPE.
Valoración de suscripciones y reembolsos y publicidad del valor liquidativo.
La Sociedad Gestora publica diariamente el valor liquidativo del fondo en su página Web: www.bbkgestion.com. A
efectos de las suscripciones y reembolsos que se soliciten en este Fondo, el valor liquidativo aplicable es el
correspondiente al mismo día de la fecha de solicitud. Por tanto si se solicita una suscripción o reembolso el día D,
el valor liquidativo que se aplicará será el correspondiente al día D.
En todo caso, el valor liquidativo aplicado será igual para las suscripciones y reembolsos solicitados al mismo
tiempo. Los comercializadores podrán fijar horas de corte distintas y anteriores a la establecida con carácter
general por la Sociedad Gestora, debiendo ser informado el partícipe al respecto por el comercializador.
Las órdenes cursadas por el partícipe a partir de las 16:00 horas o en día inhábil se tramitarán con las realizadas
al día siguiente hábil. A estos efectos, se entiende por día hábil todos de lunes a viernes, excepto festivos en todo el
territorio nacional. No se consideran días hábiles aquellos en los que no exista mercado para los activos que
representen más del 5% del patrimonio.
Régimen de información periódica.
La Gestora o el Depositario debe remitir a cada partícipe, con una periodicidad no superior a un mes, un estado de
su posición en el Fondo. Si en un periodo no existiera movimiento por suscripciones y reembolsos, podrá
posponerse el envío del estado de posición al periodo siguiente, si bien, será obligatoria la remisión del estado de
posición del partícipe al final del ejercicio. Cuando el partícipe expresamente lo solicite, dicho documento podrá
serle remitido por medios telemáticos.
La Gestora remitirá con carácter gratuito a los partícipes los sucesivos informes anuales y semestrales, salvo que
expresamente renuncien a ello, y además los informes trimestrales a aquellos partícipes que expresamente lo
Registrado en la CNMV el 18 de marzo de 2009 Página 3 de 4
soliciten. Cuando así lo solicite el partícipe, dichos informes se le remitirán por medios telemáticos.
VIII) FISCALIDAD.
Los rendimientos obtenidos por el Fondo tributan en el Impuesto sobre Sociedades al tipo fijo del 1%. Los
rendimientos obtenidos por partícipes personas físicas residentes como consecuencia del reembolso o transmisión
de participaciones tienen la consideración de ganancia o pérdida patrimonial y las ganancias patrimoniales están
sometidas a una retención del 18%. Las ganancias patrimoniales tributan en el impuesto sobre la renta de las
personas físicas al tipo del 18%. Todo ello sin perjuicio del régimen de diferimiento fiscal previsto en la normativa
legal vigente aplicable a los traspasos entre IIC.
Para el tratamiento de los rendimientos obtenidos por personas jurídicas, no residentes o con regímenes especiales,
se estará a lo que se establezca en la normativa legal vigente. En caso de duda, se recomienda solicitar
asesoramiento profesional.
Fondo de inversion BBK RENTA FIJA 2014, FI
CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL FONDO.
El fondo se denomina en euros.
Inversión mínima inicial:
100 euros .
Inversión mínima a mantener:
100 euros .
Volumen máximo de participación por partícipe:
No existe.
Tipo de partícipes a los que se dirige el fondo:
Todo tipo de inversores, tanto personas físicas como jurídicas, con un perfil moderado, es decir, personas
que asumen riesgos por la evolución de un fondo de renta fija a largo plazo y que deseen mantener sus inversiones
en el plazo u horizonte temporal de la inversión objetivo del fondo.
Duración mínima recomendada de la inversión:
Hasta el 31/12/2014, o hasta el vencimiento de la cartera si este fuera anterior a dicha fecha.
Perfil de riesgo del fondo:
Medio.
Prestaciones o servicios asociados al fondo:
1ª.- La Comercializadora ofrece la posibilidad de contratar cuotas periódicas de suscripción o de reembolso previa
firma del contrato correspondiente.
2ª.- La Comercializadora podrá realizar ofertas promocionales asociadas a la suscripción y/o mantenimiento de las
participaciones de la Institución, lo que será comunicado con carácter previo a la CNMV. Estas ofertas y
promociones en ningún caso representarán gastos imputables al fondo, asumiendo la Comercializadora todos los
gastos que puedan derivarse de las mismas.
Registrado en la CNMV el 25 de marzo de 2009 Página 1 de 5
POLÍTICA DE INVERSIÓN DEL FONDO.
a) Vocación del fondo y objetivo de gestión: Renta Fija Largo Plazo
A partir del 01/04/09, será Renta Fija Euro. El Fondo invertirá su patrimonio en activos de renta fija pública y
privada, con un vencimiento próximo a los 60 meses, de calificación crediticia media. La inversión en estos activos
se realizará a partir del 27/03/2009 hasta el 31/05/2009, inclusive (“Periodo Inicial”). Se espera que dichos
activos se mantengan en cartera hasta su vencimiento.
El objetivo de rentabilidad no garantizado del Fondo es que el valor liquidativo a 31/12/2014 o a la fecha de
vencimiento de la cartera de renta fija, si fuera anterior, sea igual al valor liquidativo a 31/05/2009, incrementado
en la rentabilidad experimentada por dicha cartera de renta fija, descontados los gastos previstos del Fondo (TAE
estimada del 3,50%). Esta TAE sería aplicable a los partícipes que hubieran suscrito participaciones el
31/05/20009 y hubieran mantenido su inversión hasta el vencimiento de la cartera de renta fija.
La TAE estimada ha sido obtenida en base a expectativas de mercado actual, por lo que una vez construida la
cartera podría ser inferior, en cuyo caso, se comunicará en los informes periódicos.
b) Criterios de selección y distribución de las inversiones:
La constitución de la cartera se irá realizando hasta el 31/05/2009. Mientras ésta se realiza, el Fondo podrá
invertir en Repos de Deuda Pública (con un rating mínimo de AA), activos de renta fija pública a corto plazo (con un
rating mínimo de A-), en IICs de renta fija a corto plazo o en depósitos a corto plazo en entidades (con un rating
mínimo de A-).
El objetivo del Fondo es proporcionar a los partícipes una rentabilidad acorde con los activos en los que invierte. La
inversión final del partícipe a la fecha de vencimiento de la cartera de renta fija debería reflejar la diferencia entre la
rentabilidad a vencimiento de dicha cartera de activos y los gastos previstos del Fondo, entre los que se incluyen
las comisiones de gestión y depósito. La fecha aproximada de vencimiento de la cartera de activos es el 31 de
diciembre de 2014. No obstante lo anterior, si una vez adquirida la cartera los vencimientos fueran a producirse
con anterioridad a dicha fecha, este hecho será puesto en conocimiento de la CNMV y de los partícipes,
procediendo a levantarse las comisiones de suscripción y reembolso a partir de la misma.
El Fondo invertirá mayoritariamente en valores de renta fija privada que presenten una calificación crediticia alta y
media (rating mínimo de BBB- S&P o equivalente), de emisores pertenecientes a Estados miembros de la OCDE. En
el caso de que una emisión concreta no tuviera rating, se atenderá al de su emisor. La parte no invertida en activos
de renta fija privada estará invertida en activos emitidos por Estados miembros de la OCDE con rating mínimo
BBB-. Si la emisión no tuviera rating, se atenderá al de su emisor.
El Fondo no invertirá en titulizaciones.
Los activos en cartera tendrán en el momento inicial un vencimiento en torno a los 60 meses, siendo la duración
media estimada de la cartera de unos 4 años, si bien irá disminuyendo con el paso del tiempo. La cartera se
comprará al contado y se prevé el mantenimiento de los activos hasta su vencimiento, sin perjuicio de que el gestor
pueda realizar algún cambio en la composición de la misma a lo largo de la vida del Fondo en el caso de que su
visión sobre un título concreto así lo aconseje o que se den nuevas emisiones de mercado de mayor valor que las ya
existentes que hagan recomendable su sustitución.
En función de las expectativas vigentes en el mercado sobre la evolución de los tipos de interés, la rentabilidad
anual estimada de una cartera de similares características a la que adquirirá el Fondo durante el Periodo Inicial
sería, en la fecha de vencimiento de sus activos, del 4,80%. Esta rentabilidad, descontados los gastos previstos del
fondo (1,30% anual) permitiría la consecución del objetivo de rentabilidad no garantizado del Fondo señalado en el
apartado a) anterior.
Se advierte expresamente que estos datos han sido obtenidos a partir de una cartera modelo que puede no
coincidir, total o parcialmente, con la que el Fondo vaya a adquirir durante el Periodo Inicial, ni con el entorno de
tipos de interés en el momento de la contratación de la cartera. Por consiguiente los datos de rentabilidad pueden
ser inferiores a estas estimaciones.
Los activos denominados en monedas distintas del euro no superarán el 5%.
El Fondo podrá invertir en:
• Depósitos en entidades de crédito que sean a la vista o puedan hacerse líquidos, con vencimiento no superior a
un año, en entidades de crédito que tengan su sede en un Estado de la Unión Europea o, si dicha sede está en un
Estado no miembro, se trate de entidades de crédito que cumplan la normativa específica para este tipo de
entidades de crédito en cuanto a requisitos de solvencia. El rating mínimo de las entidades en las que se van a
constituir los depósitos será de A-.
• Instrumentos del mercado monetario no negociados en un mercado o sistema de negociación que tenga un
funcionamiento regular o características similares a los mercados oficiales españoles, siempre que sean líquidos y
tengan un valor que pueda determinarse con precisión en todo momento. La calificación crediticia mínima exigida a
las emisiones será A-, según la agencia S&P (o su equivalente en otras agencias de calificación crediticia). En caso
de emisiones no calificadas, se atenderá al rating del emisor.
Registrado en la CNMV el 25 de marzo de 2009 Página 2 de 5
• Siempre que sea coherente con su vocación inversora, hasta un 10% de su patrimonio en otras IIC financieras,
españolas y extranjeras, pertenecientes o no al Grupo BBK, que no inviertan más del 10% del patrimonio en otras
IIC, armonizadas y no armonizadas, siempre que estas últimas se sometan a unas normas similares a las recogidas
en el régimen general de las IIC españolas.
Adicionalmente, el Fondo podrá invertir hasta un máximo conjunto del 10% de su patrimonio en activos e
instrumentos financieros que conllevan un mayor nivel de riesgo que los activos tradicionales. Dichos activos, que
serán compatibles con la vocación del Fondo, son los siguientes:
• Activos de renta fija admitidos a negociación en cualquier mercado o sistema de negociación que no tengan
características similares a los mercados oficiales españolas o no estén sometidos a regulación o dispongan de otros
mecanismos que garanticen su liquidez al menos con la misma frecuencia con la que la IIC inversora atienda los
reembolsos de sus acciones o participaciones.
• Las acciones o participaciones de IICs que puedan invertir más de un 10% en otras IICs, gestionados por
entidades pertenecientes o no al Grupo BBK.
• Los depósitos en cualquier entidad de crédito sin que exista ninguna restricción al vencimiento. La selección de
estos activos se realizará de manera discrecional por la Sociedad Gestora atendiendo a las circunstancias del
mercado en cada momento. El rating mínimo de las entidades en las que se van a constituir los depósitos será de
A-.
Las inversiones anteriores conllevan los siguientes riesgos:
1. Riesgo de liquidez, por la posibilidad de invertir en IICs que ofrezcan una liquidez inferior de la del Fondo.
2. Riesgo de mercado, por la posibilidad de invertir en IICs con alto grado de apalancamiento.
3. Riesgo regulatorio debido a la posibilidad de invertir en IICs domiciliadas en algún paraíso fiscal.
4. Riesgo operacional debido a posibles fallos en la organización en la que opere la IIC en la que se invierta, al no
exigirse que la misma esté regulada por alguna entidad supervisora.
5. Riesgo de valoración, dado que algunos de los activos en los que se puede invertir a través de las inversiones
citadas anteriormente carecen de un mercado que asegure la liquidez y la valoración conforme a las reglas del
mercado en la cartera del Fondo.
La inversión máxima en IICs no superará el 10% del patrimonio del Fondo.
Al vencimiento de la cartera, el Fondo estará invertido en activos de renta fija en euros, sin que exista
predeterminación en cuanto a las clases de activos en los que invertirá (renta fija pública / privada, activos del
mercado monetario, depósitos), ni en cuanto al sector económico, zona geográfica, o la duración de los activos de
renta fija que compondrán la cartera del Fondo. La calidad crediticia de los valores en los que se invertirá será
como mínimo de BBB- S&P o equivalente.
Una vez alcanzado el vencimiento de la cartera, la Sociedad Gestora pondrá en conocimiento de los partícipes las
nuevas características del Fondo que se establezcan en su caso.
La operativa con instrumentos financieros derivados que se detalla más adelante se realizará de manera directa,
conforme a los medios de la sociedad gestora, y de manera indirecta a través de las IIC en las que invierta el Fondo.
El Fondo puede invertir más del 35% del activo en valores emitidos por un Estado miembro de la Unión Europea,
las Comunidades Autónomas, una entidad local, los Organismos Internacionales de los que España sea miembro y
aquellos otros Estados que presenten una calificación de solvencia, otorgada por una agencia especializada en
calificación de riesgos de reconocido prestigio, no inferior a la del Reino de España. En concreto se prevé superar
dicho porcentaje en Deuda Pública o en activos de renta fija que cuenten con un aval de un Estado soberano de la
OCDE.
Este Fondo tiene previsto operar con instrumentos financieros derivados negociados en mercados organizados de
derivados con la finalidad de cobertura y como inversión. Estos instrumentos comportan riesgos adicionales a los
de las inversiones de contado por el apalancamiento que conllevan, lo que les hace especialmente sensibles a las
variaciones de precio del subyacente y puede multiplicar las pérdidas de valor de la cartera.
Asimismo, el Fondo tiene previsto utilizar instrumentos financieros derivados no contratados en mercados
organizados de derivados con la finalidad de cobertura y como inversión, exclusivamente para las operaciones
autorizadas por la normativa vigente, lo que conlleva riesgos adicionales, como el de que la contraparte incumpla,
dada la inexistencia de una cámara de compensación que se interponga entre las partes y asegure el buen fin de
las operaciones.
c) Riesgos inherentes a las inversiones:
Los emisores de los valores en los que invierte el fondo presentan una calidad crediticia media, por lo que existe un
moderado riesgo de contraparte.
La inversión en activos de renta fija conlleva un riesgo de tipo de interés. Este fondo invierte fundamentalmente en
activos a largo plazo, cuya sensibilidad a las fluctuaciones de los tipos de interés es elevada.
No obstante, con el paso del tiempo y a medida que se acerca el vencimiento de la cartera, la sensibilidad de las
fluctuaciones de los tipos de interés va disminuyendo.
Dado que la cartera del Fondo está invertida mayoritariamente en activos de renta fija privada, el principal riesgo
Registrado en la CNMV el 25 de marzo de 2009 Página 3 de 5
de este fondo es el riesgo inherente a los emisores de dichos activos, tanto para el principal de su inversión como
para el cobro de sus cupones.
GARANTÍA DE RENTABILIDAD.
No se ha otorgado una garantía de rentabilidad.
COMISIONES APLICADAS.
Comisiones Aplicadas Tramos/Plazos Porcentaje Base de Cálculo
Comisión anual de gestión Hasta el 31 de marzo de 2009, inclusive 1,6 % Patrimonio
A partir del 1 de abril de 2009, inclusive 1,15 % Patrimonio
Comisión anual de depositario 0,1 % Patrimonio
Comisión de la gestora por
suscripción
Desde el 1 de mayo de 2009, inclusive 2 % Importe suscrito
A partir del 1 de enero de 2015, inclusive (*) 0 % Importe suscrito
Descuentos a favor del fondo por
reembolso
Desde el 1 de junio de 2009, inclusive 2 % Importe reembolsado
A partir del 1 de enero de 2015, inclusive (*) 0 % Importe reembolsado
Otros gastos que podrá soportar el Fondo son los siguientes: gastos de auditoría; tasas de CNMV; costes de
liquidación e intermediación y gastos financieros por préstamos o por descubiertos.
(*) Si el vencimiento de los activos en cartera se produjera en una fecha anterior al 1/01/2015, dicha fecha se
pondrá en conocimiento de la CNMV y de los partícipes y no se cobrarán comisiones de suscripción y de reembolso
a partir de la misma.
No se soportarán comisiones indirectas de gestión por la parte del patrimonio invertido en IICs del Grupo BBK.
No se soportarán comisiones indirectas de depósito por la parte del patrimonio invertido en IICs del Grupo BBK.
Se exime a este Fondo del pago de comisiones de suscripción y reembolso cuando se trate de acciones o
participaciones de IIC del grupo.
Los límites máximos legales de las comisiones y descuentos son los siguientes:
Comisión de gestión:
2,25% anual si se calcula sobre el patrimonio del fondo
18% si se calcula sobre los resultados anuales del fondo
1,35% anual sobre patrimonio más el 9% sobre los resultados anuales si se calcula sobre ambas variables
Comisión de depositario: 0,20% anual del patrimonio del fondo
Comisiones y descuentos de suscripción y reembolso: 5% del precio de las participaciones.
Si se establecen o elevan las comisiones o los descuentos a favor del fondo, se hará público en la forma legalmente
establecida, dando en su caso lugar al derecho de separación de los partícipes al que se refiere el artículo 12 de la
LIIC así como a la correspondiente actualización del presente folleto explicativo.
INFORMACIÓN AL PARTÍCIPE.
Valoración de suscripciones y reembolsos y publicidad del valor liquidativo.
La Sociedad Gestora publica diariamente el valor liquidativo del fondo en su página Web: www.bbkgestion.com. A
efectos de las suscripciones y reembolsos que se soliciten en este Fondo, el valor liquidativo aplicable es el
correspondiente al mismo día de la fecha de solicitud. Por tanto si se solicita una suscripción o reembolso el día D,
el valor liquidativo que se aplicará será el correspondiente al día D.
En todo caso, el valor liquidativo aplicado será igual para las suscripciones y reembolsos solicitados al mismo
tiempo. Los comercializadores podrán fijar horas de corte distintas y anteriores a la establecida con carácter
general por la Sociedad Gestora, debiendo ser informado el partícipe al respecto por el comercializador.
Las órdenes cursadas por el partícipe a partir de las 16:00 horas o en día inhábil se tramitarán con las realizadas
al día siguiente hábil. A estos efectos, se entiende por día hábil todos de lunes a viernes, excepto festivos en todo el
territorio nacional. No se consideran días hábiles aquellos en los que no exista mercado para los activos que
representen más del 5% del patrimonio.
Régimen de información periódica.
La Gestora o el Depositario debe remitir a cada partícipe, con una periodicidad no superior a un mes, un estado de
su posición en el Fondo. Si en un periodo no existiera movimiento por suscripciones y reembolsos, podrá
posponerse el envío del estado de posición al periodo siguiente, si bien, será obligatoria la remisión del estado de
posición del partícipe al final del ejercicio. Cuando el partícipe expresamente lo solicite, dicho documento podrá
serle remitido por medios telemáticos.
La Gestora remitirá con carácter gratuito a los partícipes los sucesivos informes anuales y semestrales, salvo que
expresamente renuncien a ello, y además los informes trimestrales a aquellos partícipes que expresamente lo
soliciten. Cuando así lo solicite el partícipe, dichos informes se le remitirán por medios telemáticos.
FISCALIDAD.
Los rendimientos obtenidos por el Fondo tributan en el Impuesto sobre Sociedades al tipo fijo del 1%. Los
rendimientos obtenidos por partícipes personas físicas residentes como consecuencia del reembolso o transmisión
Registrado en la CNMV el 25 de marzo de 2009 Página 4 de 5
de participaciones tienen la consideración de ganancia o pérdida patrimonial y las ganancias patrimoniales están
sometidas a una retención del 18%. Las ganancias patrimoniales tributan en el impuesto sobre la renta de las
personas físicas al tipo del 18%. Todo ello sin perjuicio del régimen de diferimiento fiscal previsto en la normativa
legal vigente aplicable a los traspasos entre IIC.
Para el tratamiento de los rendimientos obtenidos por personas jurídicas, no residentes o con regímenes especiales,
se estará a lo que se establezca en la normativa legal vigente. En caso de duda, se recomienda solicitar
asesoramiento profesional.






