Fondosinversion.org.es presenta en un sólo sitio web los mejores fondos de inversión de cada entidad financiera, bancos o cajas de ahorro.
Gracias a este innovador método dispondrá de información para consultar, comparar y analizar los fondos de inversion mas rentables por bancos y cajas.
Informacion con que la entidad financiera presenta sus fondos de inversion rentables:
Oferta de Fondos de inversion rentables. Banco Herrero
Invertir en un producto financiero u otro depende de muchos factores. Depende, por ejemplo, de las expectativas de rentabilidad, de la necesidad de disponibilidad de la inversión, del nivel de riesgo que se esté dispuesto asumir, del plazo de la inversión, o de la fiscalidad.
Nuestra gestora BanSabadell Inversión , con una experiencia de gestión probada y reconocida, le ayuda a invertir en fondos a su medida.
Ventajas
Inviertiendo en los fondos de BanSabadell Inversión disfrutará de:
La gestión experta de los mejores profesionales que cuentan, en todo momento, con los últimos avances tecnológicos y las mejores fuentes de información.
Las favorables expectativas de rentabilidad, que les ofrece un amplio repertorio de posibilidades de inversión a la medida de su aspiración de rentabilidad y aversión al riesgo.
La posibilidad de disponer del capital invertido de forma prácticamente inmediata y la máxima diversificación con independencia del importe.
La transparencia, el valor liquidativo de los Fondos de publica a diario (excepto para Sabadell BS Inmobiliario, FII, que se publica mensualmente).
Información permanente que tiene a su disposición: folleto, informes trimestrales y ficha técnica mensual de cada uno de los Fondos.
Como cualquier otro producto de inversión, los Fondos de Inversión implican ciertos riesgos. La naturaleza y el alcance de los riesgos dependerá del tipo de Fondo, de sus características individuales (definidas en el folleto9, y de los activos en los que finalmente se invierta el patrimonio. Sin embargo, los Fondos de Inversión permiten ajustar los riesgos, debido a que la diversificación favorece la compensación de resultados positivos y negativos de diferentes activos.
Renta fija corto plazo (Monetario)
Sabadell BS Progresión, F.I.
Sabadell BS Rendimiento, F.I.
Sabadell BS Eurotesoro, FI
Renta fija corto plazo
Sabadell BS Interés Euro 1, F.I.
Sabadell BS Interés Euro 3, F.I.
Sabadell BS Fondtesoro, FI
Renta fija largo plazo
Sabadell BS Bonos Euro, F.I.
Sabadell BS Renta, F.I.
Renta fija internacional
Sabadell BS Bonos Emergentes, F.I.
Sabadell BS Bonos Internacional, F.I.
Sabadell BS Dólar Fijo, F.I.
Renta fija mixta
Sabadell BS Renta Fija Mixta España, F.I.
Renta fija mixta internacional
Inversabadell 10, F.I.
Inversabadell 25, F.I.
Renta variable mixta
Inversabadell 50, F.I.
Sabadell BS Renta Variable Mixta España, F.I.
Renta variable mixta internacional
Inversabadell 70, F.I.
Renta variable nacional
Ibersecurities BS Bolsa Activa, F.I.
Sabadell BS España Bolsa, F.I.
Sabadell BS España Dividendo, F.I.
Renta variable euro
Sabadell BS Euroacción, F.I.
Sabadell BS Euroacción 130/30, F.I.
Renta variable internacional Europa
Sabadell BS Europa Bolsa, F.I.
Sabadell BS Europa Valor, F.I.
Renta variable internacional EEUU
Sabadell BS Dólar Bolsa, F.I.
Renta variable internacional Japon
Sabadell BS Japón Bolsa, F.I.
Renta variable internacional emergentes
Sabadell BS América Latina Bolsa, F.I.
Sabadell BS Asia Emergente Bolsa, F.I.
Sabadell BS Europa Emergente Bolsa, F.I.
Globales
Sabadell BS Selección Activa V12, F.I.
Sabadell BS Selección Activa V2, F.I.
Sabadell BS Selección Activa V4, F.I.
Sabadell BS Selección Plus, F.I.
Inmobiliaria
Sabadell BS Inmobiliario, F.I.
Garantizados renta variable
Sabadell BS Garantía Extra 10, F.I.
Fondos garantizados
Garantizados renta fija Sabadell BS Garantía Fija 1, F.I.
Sabadell BS Garantía Fija 3, F.I.
Sabadell BS Garantía Fija 4, F.I.
Sabadell BS Garantía Fija 5, F.I.
Sabadell BS Garantía Fija 6, F.I.
Garantizados renta variable
Sabadell BS Garantía 125 Aniversario, F.I.
Sabadell BS Garantía Doble 4, F.I.
Sabadell BS Garantía Eurobolsa, F.I.
Sabadell BS Garantía Extra 1, F.I.
Sabadell BS Garantía Extra 2, F.I.
Sabadell BS Garantía Extra 3, F.I.
Sabadell BS Garantía Extra 4, F.I.
Sabadell BS Garantía Extra 5, F.I.
Sabadell BS Garantía Extra 6, F.I.
Sabadell BS Garantía Extra 7, F.I.
Sabadell BS Garantía Fondos 2, F.I.
Sabadell BS Garantía Superior 3, F.I.
Sabadell BS Garantía Superior 4, F.I.
Sabadell BS Garantía Superior 7, F.I.
Sabadell BS Garantía Superior 9, F.I.
Urquijo Garantía Bolsa Euro, F.I.
Fiscalidad
1. Residentes
Impuesto sobre la renta de las personas físicas
Los rendimientos se acumulan sin ninguna disminución, ya que no se tributa hasta que se produce un reembolso de participaciones.
Los Fondos de Inversión tributan como ganancia o pérdida patrimonial en el IRPF, calculada como la diferencia entre el valor de reembolso y el valor de suscripción.
Las ganancias o pérdidas obtenidas por la transmisión de participaciones en Fondos de Inversión formarán parte de la Base Imponible del Ahorro y tributarán al tipo fijo del 18%, independientemente del plazo de mantenimiento de la inversión.
Para calcular la ganancia o pérdida patrimonial se considera que las participaciones vendidas son las primeras compradas (método FIFO).
Al realizar un reembolso de participaciones en Fondos de Inversión, se practica una retención del 18 % de la ganancia patrimonial.
Se mantiene la posibilidad de traspasar el saldo de un Fondo a otro sin que haya que tributar por las ganancias patrimoniales.
Para ello es necesario que no se ponga a disposición del partícipe el importe derivado del reembolso o transmisión de las participaciones del Fondo de Inversión.
Las nuevas participaciones suscritas, conservan el valor y la fecha de adquisición de las participaciones transmitidas.
En caso de traspaso parcial, se hace con las participaciones adquiridas en primer lugar (método FIFO).
Si la ganancia patrimonial se ha obtenido como consecuencia de la venta de participaciones adquiridas antes del 31 de diciembre de 1994, se aplica sobre esta ganancia un coeficiente reductor, que aumenta con la antigüedad de las participaciones.
A la venta de participaciones se le aplica sobre esta ganancia un coeficiente reductor Fecha de compra de la participación Coeficiente reductor Porcentaje ganancia patrimonial sujeto a tributación
30.12.1988 o anterior 100 % 0 %
Del 31.12.1988 al 30.12.1989 85,68 % 14,32 %
Del 31.12.1989 al 30.12.1990 71,40 % 28,60 %
Del 31.12.1990 al 30.12.1991 57,12 % 42,88 %
Del 31.12.1991 al 30.12.1992 42,84 % 57,16 %
Del 31.12.1992 al 30.12.1993 28,56 % 71,44 %
Del 31.12.1993 al 30.12.1994 14,28 % 85,72 %
31.12.1994 o posterior 0 % 100 %
No obstante, la nueva Ley del IRPF ha eliminado estos porcentajes reductores, si bien ha establecido un régimen transitorio para el cálculo de la ganancia o pérdida patrimonial derivadas de las transmisiones de participaciones de Fondos de Inversión producidas a partir del 20 de enero de 2006, que establece las siguientes reglas:
Si el valor de transmisión es igual o superior al que corresponda a las participaciones en el Impuesto sobre Patrimonio del 2005, la parte de la ganancia que se considera generada hasta el 20 de enero de 2006 se calculará tomando como valor de transmisión el que corresponda a efectos del IP del 2005, y se aplicará a la misma los coeficientes de abatimiento ganados, si los hubiese. El resto de la ganancia tributará al tipo del 18% si se transmiten a partir del 1 de enero de 2007.
Si el valor de transmisión es inferior al que corresponda a las participaciones en el Impuesto sobre Patrimonio del 2005, el total de la ganancia patrimonial obtenida se reducirá por aplicación de los coeficientes de abatimiento. De forma que se entenderá que toda la ganancia se ha generado con anterioridad al 20 de enero de 2006.
Para las transmisiones de Fondos de Inversión realizadas entre el 20 de enero de 2006 y el 31 de diciembre de 2006, la ganancia se calculará siguiendo el criterio de linealidad en el tiempo, atendiendo al número de días transcurridos entre la fecha de compra y el de transmisión. Se diferencia la parte de la ganancia patrimonial generada hasta 19 de enero de 2006 que será la que resulte de multiplicar el importe total de la misma por la proporción que suponen los días transcurridos desde el día de la adquisición hasta el 19 de enero de 2006 respecto del nº de días totales. A la parte de la ganancia patrimonial generada antes de 20 de enero de 2006 se le aplican los coeficientes de abatimiento que tenga consolidados. El resto tributará al tipo impositivo del 15%, formando parte de la parte especial de la renta.
Impuesto sobre Sucesiones
En caso de muerte del titular, el heredero ha de declarar el valor de las participaciones a fecha del fallecimiento del partícipe para la tributación por dicho impuesto.
2. No residentes en España
Los rendimientos que generan los fondos de inversión tienen la consideración de ganancia patrimonial y se calculan por la diferencia entre el valor de adquisición y el valor de transmisión. Estos rendimientos tributan únicamente en el momento de realizar un reembolso.
En función del país de residencia el porcentaje de retención que se aplicará será diferente:
Ciudadanos residentes en países de un estado miembro de la Unión Europea, estos beneficios estarán exentos de tributar en España si acredita su residencia, a través de una certificación de residencia fiscal emitida por la autoridad fiscal de su país de residencia. El certificado de residencia fiscal debe tener una antigüedad no superior a un año en la fecha de obtención del rendimiento.
Ciudadanos residentes en países con los que España tenga establecido un convenio de doble imposición que establezca tributación a tipo cero o a un tipo reducido, se aplicará este tipo cero o reducido cuando se acredite su residencia a través de una certificación de residencia fiscal emitida por la autoridad fiscal del país en el que tiene la residencia fiscal. El certificado de residencia fiscal debe tener una antigüedad no superior a un año en la fecha de obtención del rendimiento.
Ciudadanos residentes en países sin convenio de doble imposición con España o que no aporten el certificado de residencia fiscal, se aplicará una retención al tipo del 18 % sobre la ganancia patrimonial íntegra obtenida.






